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¿Qué hago si tengo un accidente en el Metro?

Siempre que viajas en transporte público estás asegurado, conoce tus derechos

POR: Redacción el Mar, 04 de Mayo de 2021, 12:07 pm

Conoce qué cubre el seguro que tienes al viajar en transporte público
Redacción

Redacción | Colaborador

Amamos los autos por eso nos adentramos en su mundo.

Día a día millones de personas se mueven a través del sistema Metro de la Ciudad de México. Al viajar se tiene riesgos, tal y como sucedió este lunes con el derrumbe del puente en la Línea 12.

 

viajar en transporte publico

Foto: Cuartoscuro

 

En caso de sufrir algún percance dentro de las instalaciones, debes saber que el Reglamento de la Ley de Movilidad establece que todo vehículo o sistema de transporte de pasajeros, incluyendo el Metro, sea público o concesionado a la iniciativa privada, debe mantener vigente un seguro de responsabilidad civil por daños y perjuicios que puedan causarse a los usuarios o terceros.

 

Muchas personas que sufren un accidente a bordo de este tipo de transportes desconocen sus derechos y cómo exigir que se respeten, pero aquí te vamos a decir.

 

¿Qué cubre el seguro?

 

  • Asistencia médica

La aseguradora se compromete a otorgar la atención médica o en su caso rembolsar los servicios de un hospital o médico distinto al asignado por la aseguradora. Los gastos cubiertos son intervención quirúrgica, hospitalización, enfermería, ambulancia, prótesis y medicinas.

 

  • Indemnización por incapacidad parcial o temporal, incapacidad parcial o total permanente.

 

 

  • Gastos funerarios e indemnización por muerte.

 

La aseguradora se obliga a pagar hasta por la cantidad indicada para esta cobertura, al beneficiario de la persona que fallezca a bordo del vehículo o a terceros, cuando sea a consecuencia de un accidente.

 

Las cantidades que puede percibir una persona accidentada varían según las circunstancias de cada caso. En general, el monto de la indemnización será el que esté vigente en el Código Civil Federal y en la Ley Federal del Trabajo y también, de la cobertura contratada con la aseguradora elegida por el concesionario.

 

¿Cuándo no aplica?

 

  • Accidentes, lesiones, inhabilitación, muerte u otra pérdida causada directamente por enfermedades corporales o mentales, ni tampoco cubrirá el suicidio o cualquier conato del mismo.

 

  • Cualquier lesión fatal o no, causada directamente por cualquier acto de guerra o rebelión, por actos de bandidos o asociaciones delictuosas, de sedición u otros desórdenes públicos. Estas exclusiones dependen del seguro que cada concesionario haya contratado

 

  • Recuerda que la responsabilidad de la compañía empieza en el momento en que abordas la unidad y termina hasta que desciendes de ella, exijamos que nuestros derechos se respeten, así como mejores servicios.

 

*Con información de Condusef

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