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Estos son los cambios al Reglamento de Tránsito que debes conocer

POR: Marco Robles el Lun, 26 de Febrero de 2018, 03:35 pm

La Ciudad de México realizó algunos cambios en el Reglamento de Tránsito, donde las grúas perdieron el poder de arrastrar vehículos por varias infracciones y tomarán un papel menos protagónico
Marco Robles

Marco Robles | Colaborador

Periodista automotriz, amante de la pasta, el beisbol, los autos, los días fríos, el whisky y los buenos momentos

El enemigo número uno de los automovilistas en la Ciudad de México, tiene una nueva función y con las reformas a los artículos 11, 30, 38 y 40 del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal, las temibles grúas, han perdido un poco del poder que tenían.

 

Quizá sea por los tiempos electorales que han comenzado a moverse este año o por alguna otra razón, pero a partir del viernes de la semana pasada la presencia de las grúas de la Secretaría de Seguridad Pública de la CDMX ha visto reducido su accionar en la capital del país.

 

Foto: Archivo

 

Así que sin el poder de infraccionar y ya sólo ser un apoyo vial, estas son las nuevas infracciones por las que tu automóvil será arrastrado a un Depósito Vehicular en el Distrito Federal.

 

“Queremos convertirlas en esto que será apoyo vial, en una actuación que será a petición de parte, porque, por supuesto, puede haber un vehículo que esté obstruyendo la entrada de un inmueble, la entrada de una casa, el paso peatonal, el paso de las personas con discapacidad”, afirmó Miguel Ángel Mancera, jefe de Gobierno de la CDMX.

 

El artículo 11 , que delimita las prohibiciones a los conductores de todo tipo de vehículos (bicicletas, motos, autos y camiones) contempla la remisión del vehículo al corralón sólo en caso de violar los incisos a y d de la fracción X.

 

“a) Circular sobre los carriles exclusivos para el transporte público en el sentido de la vía o en contraflujo. Los vehículos que cuenten con la autorización respectiva para utilizar estos carriles deberán conducir con los faros delanteros encendidos y contar con una señal luminosa de color ámbar.

 

“d) Interferir los carriles exclusivos del transporte público al dar vuelta a la izquierda, derecha o en “U”, así como cambiar de cuerpo de circulación en la misma vía cuando existan señalamientos restrictivos que prohíban estos movimientos.” Además del arrastre, tendrás que pagar una multa de 40 a 60 veces la Unidad de Cuenta de la CDMX (75.49 pesos), que representa entre 3,019.6 y 4,529.4 pesos, así como seis puntos menos en la Licencia de Conducir.

 

 

Por su parte, el artículo 30 , que habla sobre las prohibiciones al estacionamiento de los vehículos en la vía pública, abolió por completo el uso de las grúas para retirar a los automotores.

 

Este es el artículo en el que se basaba la mayoría de las infracciones que llevaban a nuestro auto al corralón, así que puedes respirar tranquilo, pero ésto no significa que no recibirás una sanción por tu falta de educación cívica.

 

Este artículo comprende multas de cinco a 30 veces la Unidad de Cuenta de la CDMX, lo que significa de 377.45 a 2,264.7 pesos y de cero a seis puntos menos en tu licencia.

 

En el artículo 38 se establecen las prohibiciones a las acciones que pongan en riesgo nuestra integridad física y la de los demás usuarios de la vía, y aquí de nuevo nos encontramos en la fracción V, inciso b con el uso de la grúa para remitir al depósito al vehículo de quien:

 

“b) Circule con carga que exceda el peso bruto vehicular máximo permitido establecido en las normas aplicables o en el señalamiento restrictivo, obstruya la vista frontal o los espejos frontales laterales o que sobresalga de la parte delantera, posterior o de los costados, salvo cuando se obtenga el permiso correspondiente de la Secretaría, debiendo indicar con elementos reflejantes el perímetro de la carga.”

 

 

Violar esta regla representará además, una sanción económica de 3,019.6 y 4,529.4 pesos y tres puntos menos enla licencia de conducir.

 

Finalmente en el artículo 40 , que define los elementos que debe tener cada vehículo para circular por la ciudad, encontramos sólo sanciones económicas para violaciones a algunos incisos de las fracciones II, III, IV y V.

 

Las mismas no contemplan penalizaciones de puntos en la licencia, pero sí multas económicas que van de 377.45 a 3,019.6 pesos.

 

Otras infracciones como no respetar el Hoy no Circula, transitar sin la verificación vehicular del semestre en curso o en estado de ebriedad, seguirán siendo motivo de arrastre al depósito vehicular. Con estos cambios al Reglamento de Tránsito del DF, se buscará fomentar más la educación vial en nuestra caótica ciudad.

 

Foto: Atraccion

 

4,529 PESOS equivalente a 60 veces la Unidad de Cuenta de la CDMX es una de las sanciones económicas más altas que contempla esta reforma

 

6 PUNTOS menos es la penalización más alta a la Licencia de Conducir

 

30 DEPÓSITOS vehiculares se encuentran en la Ciudad de México

 

230 MILLONES de pesos es el ingreso promedio que obtenía la ciudad con las grúas

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